M. J. Marín López
Publicado en Cuadernos Civitas de Jurisprudencia Civil
El documento analiza la sentencia del Tribunal Supremo de España del 25 de junio de 1997, que trata sobre un contrato de leasing y el incumplimiento del vendedor. Se aborda el ejercicio de la acción de resolución de la compraventa por parte del usuario, así como la necesidad de incluir a la sociedad de leasing en el proceso como litisconsorcio pasivo necesario. La sentencia concluye que la falta de demanda contra la sociedad de leasing genera indefensión, lo que contraviene el derecho a la tutela judicial efectiva consagrado en el artículo 24 de la Constitución Española.
Se expone la doctrina jurisprudencial relacionada con el litisconsorcio pasivo necesario, destacando la importancia de que todos los interesados en la relación jurídica litigiosa sean parte del proceso para evitar sentencias contradictorias y proteger los derechos de las partes. La resolución del caso implica la reposición de las actuaciones al momento de la comparecencia previa para corregir el defecto litisconsorcial, permitiendo así que se subsanen las omisiones procesales y se garantice el derecho a un juicio justo.
@article{invest-art-3,
title={Comentario a la STS de 25 de junio de 1997. Contrato de leasing. Incumplimiento del vendedor, y ejercicio por el usuario de la acción de resolución de la compraventa. Litisconsorcio pasivo necesario, por no demandar a la sociedad de leasing. Reposición de las actuaciones al momento de la comparecencia previa},
author={M. J. Marín López},
journal={Cuadernos Civitas de Jurisprudencia Civil},
year={1997}
}