Manuel Jesús Marín López
Publicado en Revista CESCO de Derecho de Consumo
La Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo, ha sido objeto de una doble reforma reciente, destacando la modificación del artículo 34.1 por la Ley 12/2012. Esta reforma corrige una errata en la referencia a "artículo 2", que en realidad debía ser "apartado 2", y establece que el incumplimiento de las disposiciones de la Ley será sancionado como infracción en materia de consumo, dependiendo de si el prestamista es una entidad de crédito o no.
La modificación busca aclarar el régimen sancionador aplicable, diferenciando entre entidades de crédito y otros prestamistas, y se fundamenta en una enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Popular. Aunque la corrección es principalmente técnica, es esencial para la correcta interpretación y aplicación de la ley en materia de protección al consumidor.
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title={Doble reforma de la Ley de contratos de crédito al consumo},
author={Manuel Jesús Marín López},
journal={Revista CESCO de Derecho de Consumo},
year={2013}
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