MANUEL JESÚS MARÍN LÓPEZ
Publicado en “Dos cuestiones sobre el artículo 15 de la Ley 7/1995, de Crédito al Consumo: el concepto de “previa reclamación contra el proveedor” y el ejercicio contra el prestamista de “los mismos derechos” que el consumidor tiene frente al proveedor”, Cuadernos Civitas de Jurisprudencia Civil (ISSN 0212-6206), Madrid. Ed. Civitas
La STS de 24 de noviembre de 2016 aplica el art. 15 de la Ley 7/1995, de Crédito al Consumo. Para ello tiene que interpretar dos cuestiones de este precepto: qué se entiende por «previa reclamación contra el proveedor», que debe previamente formular el consumidor para poder reclamar contra el prestamista; y qué significa que el consumidor podrá ejercitar contra el prestamista «los mismos derechos» que tiene frente al vendedor. La STS también expone cuáles son las razones por las que hay que tutelar al consumidor que celebra contratos vinculados. Estas son las tres materias que se examinan en este trabajo.
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year={2017}
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