M. C. GONZÁLEZ CARRASCO/M. J. MARÍN LÓPEZ
Publicado en “¿Es trasladable el arbitraje de consumo a los conflictos sanitarios?”, en J. TOMILLO URBINA/J. CAYÓN DE LAS CUEVAS (Dir.), La protección jurídica del paciente como consumidor, Aranzadi, Cizur Menor
Hace unos años nadie podía imaginar que a principios del siglo XXI, para hablar de ejercicio de las profesiones sanitarias sería imprescindible dominar los conceptos de responsabilidad médica, mala praxis, lex artis o medicina defensiva. En la actualidad, la evolución del estatuto del paciente, que ha pasado de ser sujeto tutelado por la figura del médico paternalista de antaño a sujeto autónomo en sus decisiones y acreedor de una completa información asistencial, ha supuesto también un espectacular aumento de los procesos judiciales emprendidos contra profesionales e instituciones sanitarias en demanda de una declaración de responsabilidad por resultados adversos relacionados con un tratamiento sanitario. Todos los agentes interesados en el correcto funcionamiento de la sanidad, en su doble vertiente pública y privada, están de acuerdo en que la judicialización de los conflictos sanitarios derivados de las reclamaciones de los pacientes contra los profesionales de la sanidad o contra los servicios públicos de salud está comenzando a traducirse en un menoscabo de la credibilidad de la Administración y sus profesionales y en un peligroso círculo, en
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